¿Estás buscando aprovechar las subvenciones y bonificaciones para placas solares en Albatera?
Aprovecha al máximo las subvenciones y bonificaciones fiscales en IBI, ICIO e IRPF al instalar placas solares en Albatera y comienza a ahorrar desde el primer día.
Reducir la inversión inicial en la instalación de placas solares en Albatera es posible gracias a las subvenciones disponibles, lo que también contribuye a un futuro más sostenible.
Las bonificaciones fiscales en IBI, ICIO e IRPF para paneles solares en Albatera te permitirán reducir significativamente tus impuestos, optimizando el retorno de tu inversión en energía solar.
Con más días soleados que la mayoría de las regiones, Alicante es el lugar perfecto para aprovechar la energía solar. En Albatera, la energía solar está en auge, y gracias a las subvenciones y bonificaciones actuales, nunca ha sido tan rentable instalar paneles solares.
Descubre cómo las subvenciones y bonificaciones pueden hacer que tu instalación de placas solares en Albatera sea más asequible, mientras generas tu propia energía renovable y contribuyes a un entorno más limpio y sostenible.
En ESI Renovables, somos especialistas en la instalación de placas solares, gestionando todas las subvenciones y bonificaciones fiscales para que puedas disfrutar de energía limpia sin complicaciones.
Bonificación fiscal del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) para instalaciones de autoconsumo con placas solares en Albatera
El Ayuntamiento de Albatera ofrece tal y como indica la Ordenanza Fiscal reguladora del IBI de Albatera una bonificación del 15% en la cuota íntegra del IBI durante 3 años a contar desde el año siguiente a la instalación para sistemas de autoconsumo con placas solares eléctricas o térmicas.
No se concederá la bonificación cuando la instalación de estos sistemas de aprovechamiento de la energía solar sea obligatoria a tenor de la normativa específica en la materia.
La bonificación deberá ser solicitada por el interesado en el plazo de los tres meses posteriores a la instalación.
Las bonificaciones reguladas en esta ordenanza serán compatibles entre sí, cuando así lo permita la naturaleza de la bonificación y del bien correspondiente, y se aplicarán, por el orden en el que las mismas aparecen relacionadas en los artículos, sobre la cuota íntegra o, en su caso, sobre la resultante de aplicar las que le precedan.
¿Qué documentación es necesaria para solicitar las deducciones IBI por autoconsumo con placas solares en Albatera?
Se deberá aportar la siguiente documentación:
- Comunicación de obra, Declaración Responsable en materia de Urbanismo de la instalación
- Certificado Final de Obra de la instalación de energía solar realizada
Para solicitar la deducción en el IBI para instalaciones de autoconsumo con placas solares en Albatera, se debe hacer a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Albatera.
Bonificación fiscal del ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras) en Albatera para instalaciones de autoconsumo con placas solares
El ICIO es un impuesto indirecto que se aplica a la realización de construcciones, instalaciones u obras dentro del término municipal, cuando sea necesario obtener la correspondiente licencia de obras o urbanística.
De acuerdo a la Ordenanza Reguladora del ICIO del Ayuntamiento de Albatera existe desde el año 2021 una bonificación del 75% en la tasa ICIO para aquellas instalaciones u obras que incorporen sistemas de autoconsumo de energía solar para el aprovechamiento térmico o el aprovechamiento eléctrico.
La solicitud habrá de ser informada favorablemente por los servicios técnicos y su concesión se otorgará por la Alcaldía u órgano en que delegue.
Deducciones fiscales en el IRPF de la provincia de Alicante
A día de hoy hay dos tipos de deducciones fiscales en el IRPF en la provincia de Alicante, por un lado tenemos el tramo estatal (para toda España) y por otro el tramo autonómico (para toda la Comunidad Valenciana). Ambas deducciones son compatibles entre sí.
A continuación os explicamos cada una de ellas.
Bonificación del tramo autonómico de la Comunidad Valenciana
En la Comunidad Valenciana, puedes desgravarte hasta un 40% del importe en la vivienda habitual y el 20% del importe en segunda residencia (siempre que la segunda vivienda no se encuentre relacionada con el ejercicio de una actividad económica) en la instalación de sistemas térmicos, fotovoltaicos y eólicos.
Requisitos para Beneficiarse de la Deducción autonómica de la Comunitat Valenciana
- La vivienda tendrá que estar situada en el territorio de la Comunitat Valenciana
- A partir del 1 de enero 2023 no es necesario ostentar la titularidad del inmueble
- En el caso de conjuntos de viviendas en régimen de propiedad horizontal en las que se lleven a cabo estas instalaciones de forma compartida, siempre que tengan cobertura legal, esta deducción podrá ser aplicada por cada uno de los contribuyentes individualmente según el coeficiente de participación que le corresponda a la vivienda, siempre que cumplan con el resto de requisitos establecidos
- Para aplicar la deducción se tendrán que conservar los justificantes de gasto y de pago, los cuales tendrán que cumplir lo dispuesto en su normativa de aplicación
*En el supuesto de instalaciones financiadas a través de un contrato de leasing la factura del instalador irá dirigida a la entidad concedente del leasing y las facturas abonadas por el contribuyente serán emitidas por la entidad financiera. Ello no obsta para la aplicación de la deducción siempre que en las mismas se identifique claramente su objeto, la instalación y los conceptos incluidos, siendo solamente deducible el importe relativo al coste de la adquisición de la instalación, sin incorporarse otros conceptos tales como intereses, seguros o cuotas de mantenimiento, entre otros. Será necesario, adicionalmente, que se ejercite la opción de compra. La falta de ejercicio de dicha opción determinara la pérdida de la deducción practicada, debiendo incluirse en la autoliquidación correspondiente al período impositivo en que se hubiera producido el incumplimiento las deducciones indebidamente aplicadas junto con los intereses de demora.
Base de la deducción
La base de esta deducción está constituida por las cantidades efectivamente satisfechas en el ejercicio por el contribuyente para adquirir el coste de la adquisición de la instalación, sin incorporarse otros conceptos tales como intereses, seguros o cuotas de mantenimiento, entre otros.
Base máxima anual
El límite de 8.800 euros por vivienda y ejercicio se aplica para el conjunto de contribuyentes respecto a una misma vivienda. En el caso de varios contribuyentes y respecto a una misma vivienda, el límite de 8.800 euros se distribuirá según la proporción de cantidades efectivamente satisfechas por cada uno de ellos.
La parte de la inversión apoyada, en su caso, con subvenciones públicas no dará derecho a deducción.
Reglas de aplicación
Para las inversiones realizadas desde el 1 de enero de 2023, las inversiones en instalaciones realizadas en una vivienda en un mismo periodo impositivo que excedan de 8.800 euros no tendrán derecho a la aplicación de la deducción ni en ese ejercicio ni en los sucesivos.
En el caso de que por insuficiencia de la cuota íntegra no haya tenido efecto total o parcialmente la deducción en el resultado final de la declaración, las cantidades no aplicadas en dicho período podrán aplicarse en las liquidaciones de los períodos impositivos que concluyan en los cuatro años inmediatos y sucesivos.
Bonificación del tramo estatal (Deducciones fiscales en el IRPF para impulsar la rehabilitación de viviendas – Fondos Next Generation):
Deducción del 40% del presupuesto con IVA de la instalación térmica o fotovoltaica hasta un máximo de 7.500 euros.
Requisitos para Beneficiarse de la Deducción Estatal
- Reducción del al menos el 30% en el consumo de energía primaria no renovable o mejorar la calificación energética de la vivienda a la clase A o B.
- La reducción en el consumo de energía primaria no renovable se debe justificar a través de un certificado de eficiencia energética previo y otro posterior a la instalación de placas solares.
- No pueden transcurrir más de 2 años entre el certificado de eficiencia energética previo y el posterior.
- La deducción se practica en el periodo impositivo en el que se ha realizado el certificado de eficiencia energética posterior a la realización de la instalación.
Información oficial en este documento de la agencia tributaria.
Documentación a presentar en la declaración de la renta para beneficiarse de la Deducción Estatal
- Factura de la instalación
- CIF de la empresa instaladora
- Certificado de eficiencia energética anterior a la instalación
- Certificado de eficiencia energética posterior a la instalación
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Puedes conocer las subvenciones y bonificaciones disponibles actualmente para la instalación de autoconsumo con placas solares en cada municipio de la provincia de Alicante en este artículo.
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