¿Estás buscando aprovechar las subvenciones y bonificaciones para placas solares en Yecla?
Aprovecha las subvenciones y las bonificaciones en IBI, ICIO e IRPF para instalar placas solares en Yecla y maximiza tu ahorro desde el primer día.
Instalar placas solares en Yecla con subvenciones no solo reduce tus costes iniciales, sino que también te permite contribuir a un futuro más sostenible.
Las bonificaciones fiscales en IBI, ICIO e IRPF en Yecla te ayudarán a reducir considerablemente tus impuestos, aumentando el retorno de tu inversión en energía solar.
Con la abundancia de sol en la Región de Murcia, Yecla es el lugar perfecto para aprovechar la energía solar. Ahora, con las ayudas y bonificaciones disponibles, instalar paneles solares es más rentable que nunca.
Descubre cómo las subvenciones y bonificaciones pueden reducir significativamente el coste de tu instalación solar en Yecla, mientras generas tu propia energía renovable y proteges el medio ambiente
En ESI Renovables, somos los especialistas en la instalación de placas solares en Yecla y en toda la Región de Murcia, gestionando todas las subvenciones y bonificaciones fiscales para que tú solo te preocupes por disfrutar de la energía limpia.
Bonificación fiscal del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) para instalaciones de autoconsumo con placas solares en Yecla
El Ayuntamiento de Yecla ofrece tal y como indica la Ordenanza Fiscal reguladora del IBI de Yecla una bonificación del 50% en la cuota íntegra del IBI durante 5 años a partir del ejercicio siguiente al de su instalación con un máximo de 100€ anuales para sistemas de autoconsumo con placas solares eléctricas o térmicas que supongan una inversión mínima de 6.000€.
Los requisitos para poder beneficiarse de la bonificación en el IBI son los siguientes:
- Que las instalaciones para la producción de calor incluya colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la administración competente
- Inversión mínima de 6.000€
- La instalación no sea obligatoria de acuerdo de la normativa vigente
No podrán acceder a esta bonificación los inmuebles que se hallen fuera de ordenación o estén situados en zonas no legalizadas.
Esta bonificación si es compatible con otras bonificaciones establecidas en la ordenanza referidas al Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Bonificación fiscal del ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras) en Yecla para instalaciones de autoconsumo con placas solares
El ICIO es un impuesto indirecto que se aplica a la realización de construcciones, instalaciones u obras dentro del término municipal, cuando sea necesario obtener la correspondiente licencia de obras o urbanística.
De acuerdo a la Ordenanza Reguladora del ICIO del Ayuntamiento de Yecla existe una bonificación del 90% en la tasa ICIO para viviendas con inversión mínima de 6.000€ y bonificación del 50% en la tasa ICIO para industrias con un máximo de 1.000€ en aquellas instalaciones u obras que incorporen sistemas de autoconsumo de energía solar para el aprovechamiento térmico o el aprovechamiento eléctrico.
La aplicación de esta bonificación estará condicionada al cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Que la instalación no sea obligatoria de acuerdo con la normativa vigente
- Las instalaciones de generación de energía eléctrica con energía solar deberán disponer de la correspondiente homologación por parte de la Administración competente
- Inscripción de la instalación en el Registro de la Dirección General de Energía, Actividad Industrial y Minera de la Región de Murcia
- Los costes de las obras o instalaciones para la incorporación de los sistemas de aprovechamiento eléctrico de la energía solar deberán estar detallados en el presupuesto de ejecución material de la construcción, instalación u obra, y suponer una inversión mínima de 6.000 euros (P.E.M.) para el uso residencial
- Deberá coincidir el promotor de la instalación con el titular catastral del IBI
La bonificación se aplicará sobre la parte del presupuesto de las obras que corresponda a las instalaciones del sistema de aprovechamiento térmico y eléctrico de la energía solar.
Las bonificaciones no serán acumulables, por lo que en el caso de coincidir se aplicará solamente la bonificación mayor.
La aplicación de esta bonificación será acordada por la Junta de Gobierno Local y tendrá carácter rogado, debiendo solicitarse previa o conjuntamente a la licencia urbanística por el sujeto pasivo, y se someterá a los informes técnicos correspondientes.
No podrá aplicarse a las instalaciones sobre construcciones fuera de ordenación o no legalizables.
Deducciones fiscales en el IRPF de la Región de Murcia
A día de hoy hay dos tipos de deducciones fiscales en el IRPF en la Región de Murcia, por un lado tenemos el tramo estatal (para toda España) y por otro el tramo autonómico (sólo para la Región de Murcia). Ambas deducciones son compatibles entre sí.
A continuación os explicamos cada una de ellas.
Bonificación del tramo autonómico
En la Región de Murcia, puedes desgravarte hasta un 10% del importe en la instalación de sistemas térmicos, fotovoltaicos y eólicos en tu vivienda. Esta deducción fiscal tiene un límite máximo de 1.000€ anuales.
Requisitos para Beneficiarse de la Deducción autonómica
- Residencia en la Región de Murcia: La vivienda debe estar situada en la Región de Murcia.
- Vivienda Habitual: La instalación de energías renovables debe realizarse en una vivienda que sea, o esté destinada a ser, la residencia habitual del contribuyente.
- Reconocimiento Previo: Para aplicar esta deducción, es necesario obtener el reconocimiento previo de la Administración Regional, conforme a la normativa establecida.
Bonificación del tramo estatal (Deducciones fiscales en el IRPF para impulsar la rehabilitación de viviendas – Fondos Next Generation):
Deducción del 40% del presupuesto con IVA de la instalación térmica o fotovoltaica hasta un máximo de 7.500 euros.
Requisitos para Beneficiarse de la Deducción Estatal
- Reducción del al menos el 30% en el consumo de energía primaria no renovable o mejorar la calificación energética de la vivienda a la clase A o B.
- La reducción en el consumo de energía primaria no renovable se debe justificar a través de un certificado de eficiencia energética previo y otro posterior a la instalación de placas solares.
- No pueden transcurrir más de 2 años entre el certificado de eficiencia energética previo y el posterior.
- La deducción se practica en el periodo impositivo en el que se ha realizado el certificado de eficiencia energética posterior a la realización de la instalación.
Información oficial en este documento de la agencia tributaria.
Documentación a presentar en la declaración de la renta para beneficiarse de la Deducción Estatal
- Factura de la instalación
- CIF de la empresa instaladora
- Certificado de eficiencia energética anterior a la instalación
- Certificado de eficiencia energética posterior a la instalación
Confía en ESI Renovables para tu instalación de autoconsumo con placas solares
Como empresa instaladora de autoconsumo con placas solares, desde ESI Renovables realizamos todos los trámites administrativos por ti.
Realizamos la memoria técnica, solicitamos por ti las deducciones en el IBI y el ICIO, realizamos los certificados de eficiencia energética y solicitamos las subvenciones en todos los municipios de la Región de Murcia.
Puedes conocer las subvenciones y bonificaciones disponibles actualmente para la instalación de autoconsumo con placas solares en cada municipio de la Región de Murcia en este artículo.
No tendrás que hacer nada, nos encargamos de todo. Tú sólo tienes que sentarte y ver como el sol deja tus facturas de la luz a 0€.
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