Bonificaciones fiscales por instalación de placas solares en Elche

Subvenciones y bonificaciones para placas solares en Elche

¿Estás buscando aprovechar las subvenciones y bonificaciones para placas solares en Elche?

Sácale todo el provecho a las subvenciones y bonificaciones fiscales en IBI, ICIO e IRPF al instalar placas solares en Elche y empieza a ahorrar desde el primer día.

Reducir la inversión inicial en tu instalación de placas solares en Elche es más fácil que nunca gracias a las subvenciones disponibles, impulsando además un futuro más ecológico.

Las bonificaciones fiscales en IBI, ICIO e IRPF en Elche te permitirán reducir drásticamente tus impuestos, maximizando así el retorno de tu inversión en energía solar.

Con más días de sol que la mayoría de las regiones, Alicante es el lugar ideal para aprovechar la energía solar. En Elche, esta tecnología está en plena expansión, y con las subvenciones y bonificaciones actuales, instalar paneles solares nunca ha sido tan rentable.

Descubre cómo las subvenciones y bonificaciones pueden hacer que tu instalación de placas solares en Elche sea mucho más accesible, permitiéndote generar tu propia energía renovable y contribuir a un entorno más limpio y sostenible.

En ESI Renovables, somos especialistas en la instalación de placas solares, gestionando todas las subvenciones y bonificaciones fiscales para que puedas disfrutar de energía limpia sin complicaciones.

Bonificación fiscal del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) para instalaciones de autoconsumo con placas solares en Elche

El Ayuntamiento de Elche ofrece tal y como indica la Ordenanza Fiscal reguladora del IBI de Elche una bonificación del 50% en la cuota íntegra del IBI durante 3 años a contar desde el año siguiente a la instalación para sistemas de autoconsumo con placas solares eléctricas o térmicas.

Para que la bonificación sea aplicable, el uso catastral predominantemente debe ser residencial-vivienda.

No se concederá la bonificación cuando la instalación de estos sistemas de aprovechamiento de la energía solar sea obligatoria a tenor de la normativa específica en la materia.

El disfrute de esta bonificación será compatible con la de Familias Numerosas y la de Viviendas de Protección Oficial y asimiladas.

Dichas bonificaciones tendrán carácter rogado y surtirán efectos, en su caso, desde el período impositivo siguiente a aquel en que se solicite, siempre que, previamente, reúna las condiciones y se acredite ante el Ayuntamiento el cumplimiento de los requisitos exigidos para su otorgamiento.

Requisitos para solicitar la bonificación:

  • En los sistemas de aprovechamiento térmico de la energía solar, la contribución solar mínima anual para cubrir las necesidades de agua caliente sanitaria (ACS) u otras, atendiendo las directrices del CTE DB HE-4, deben ser de un mínimo del 70%.
  • En los sistemas de aprovechamiento eléctrico de la energía solar, que se disponga de una potencia instalada mínima de 1 Kw por cada 50 m2 de superficie construida con el uso vivienda, según información que podrá contrastarse con la que conste en la base de datos del catastro.

En aquellos casos en los que se instalen ambos sistemas la bonificación máxima aplicable será del 50%.

¿Qué documentación es necesaria para solicitar las deducciones IBI por autoconsumo con placas solares en Elche?

Se deberá aportar la siguiente documentación:

  • Certificado de Eficiencia Energética debidamente expedido por persona autorizada y registrado ante el Organismo de la Comunidad Autónoma Valenciana competente por razón de la materia, actualmente el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), para el supuesto de la letra a)
  • Certificado de Instalación Eléctrica para una Instalación Generadora visado por el organismo competente en la materia, en el supuesto de la letra b)
  • Licencia municipal u otro acto de control urbanístico que ampare la realización de las obras

Para solicitar la deducción en el IBI para instalaciones de autoconsumo con placas solares en Elche, se debe hacer a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Elche.

Bonificación fiscal del ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras) en Elche para instalaciones de autoconsumo con placas solares

El ICIO es un impuesto indirecto que se aplica a la realización de construcciones, instalaciones u obras dentro del término municipal, cuando sea necesario obtener la correspondiente licencia de obras o urbanística.

De acuerdo a la Ordenanza Reguladora del ICIO del Ayuntamiento de Elche existe una bonificación del 95% en la tasa ICIO para aquellas instalaciones u obras que incorporen sistemas de autoconsumo de energía solar para el aprovechamiento térmico o el aprovechamiento eléctrico.

Para resultar bonificadas, el conjunto de actuaciones para el fomento de la calidad y sostenibilidad previsto debe conseguir una
reducción de la demanda energética
anual global de calefacción y refrigeración del edificio, referida a la certificación energética, de al menos un 30% sobre la situación previa a dichas actuaciones.

Para gozar de las bonificaciones, será necesario que el sujeto pasivo solicite por escrito la declaración de especial interés o utilidad municipal, además de la solicitud de licencia de obras o presentación de la declaración responsable, y, en todo caso, antes del inicio de la construcción, instalación u obra.
Deberá adjuntarse el presupuesto de la obra y una memoria justificativa de que se dan las circunstancias que permitan esta declaración, indicando a qué supuesto pretende acogerse y los documentos con que pueda justificar la declaración mencionada, para cuya apreciación será preceptivo informe de los Servicios Técnicos municipales.
Se delega el conocimiento y la declaración de especial interés o utilidad municipal para este tipo de obras en favor de la Junta de Gobierno Local.
Transcurrido el plazo de 6 meses sin que se hubiera adoptado y notificado resolución expresa, los interesados deberán entender desestimada por silencio administrativo la petición de bonificación.

Deducciones fiscales en el IRPF de la provincia de Alicante

A día de hoy hay dos tipos de deducciones fiscales en el IRPF en la provincia de Alicante, por un lado tenemos el tramo estatal (para toda España) y por otro el tramo autonómico (para toda la Comunidad Valenciana). Ambas deducciones son compatibles entre sí.

A continuación os explicamos cada una de ellas.

Bonificación del tramo autonómico de la Comunidad Valenciana

En la Comunidad Valenciana, puedes desgravarte hasta un 40% del importe en la vivienda habitual y el 20% del importe en segunda residencia (siempre que la segunda vivienda no se encuentre relacionada con el ejercicio de una actividad económica) en la instalación de sistemas térmicos, fotovoltaicos y eólicos.

Requisitos para Beneficiarse de la Deducción autonómica de la Comunitat Valenciana

  • La vivienda tendrá que estar situada en el territorio de la Comunitat Valenciana
  • A partir del 1 de enero 2023 no es necesario ostentar la titularidad del inmueble
  • En el caso de conjuntos de viviendas en régimen de propiedad horizontal en las que se lleven a cabo estas instalaciones de forma compartida, siempre que tengan cobertura legal, esta deducción podrá ser aplicada por cada uno de los contribuyentes individualmente según el coeficiente de participación que le corresponda a la vivienda, siempre que cumplan con el resto de requisitos establecidos
  • Para aplicar la deducción se tendrán que conservar los justificantes de gasto y de pago, los cuales tendrán que cumplir lo dispuesto en su normativa de aplicación

*En el supuesto de instalaciones financiadas a través de un contrato de leasing la factura del instalador irá dirigida a la entidad concedente del leasing y las facturas abonadas por el contribuyente serán emitidas por la entidad financiera. Ello no obsta para la aplicación de la deducción siempre que en las mismas se identifique claramente su objeto, la instalación y los conceptos incluidos, siendo solamente deducible el importe relativo al coste de la adquisición de la instalación, sin incorporarse otros conceptos tales como intereses, seguros o cuotas de mantenimiento, entre otros. Será necesario, adicionalmente, que se ejercite la opción de compra. La falta de ejercicio de dicha opción determinara la pérdida de la deducción practicada, debiendo incluirse en la autoliquidación correspondiente al período impositivo en que se hubiera producido el incumplimiento las deducciones indebidamente aplicadas junto con los intereses de demora.

Base de la deducción

La base de esta deducción está constituida por las cantidades efectivamente satisfechas en el ejercicio por el contribuyente para adquirir el coste de la adquisición de la instalación, sin incorporarse otros conceptos tales como intereses, seguros o cuotas de mantenimiento, entre otros.

Base máxima anual

El límite de 8.800 euros por vivienda y ejercicio se aplica para el conjunto de contribuyentes respecto a una misma vivienda. En el caso de varios contribuyentes y respecto a una misma vivienda, el límite de 8.800 euros se distribuirá según la proporción de cantidades efectivamente satisfechas por cada uno de ellos.

La parte de la inversión apoyada, en su caso, con subvenciones públicas no dará derecho a deducción.

Reglas de aplicación

Para las inversiones realizadas desde el 1 de enero de 2023, las inversiones en instalaciones realizadas en una vivienda en un mismo periodo impositivo que excedan de 8.800 euros no tendrán derecho a la aplicación de la deducción ni en ese ejercicio ni en los sucesivos.

En el caso de que por insuficiencia de la cuota íntegra no haya tenido efecto total o parcialmente la deducción en el resultado final de la declaración, las cantidades no aplicadas en dicho período podrán aplicarse en las liquidaciones de los períodos impositivos que concluyan en los cuatro años inmediatos y sucesivos.

Bonificación del tramo estatal (Deducciones fiscales en el IRPF para impulsar la rehabilitación de viviendas – Fondos Next Generation):

Deducción del 40% del presupuesto con IVA de la instalación térmica o fotovoltaica hasta un máximo de 7.500 euros.

Requisitos para Beneficiarse de la Deducción Estatal

  • Reducción del al menos el 30% en el consumo de energía primaria no renovable o mejorar la calificación energética de la vivienda a la clase A o B.
  • La reducción en el consumo de energía primaria no renovable se debe justificar a través de un certificado de eficiencia energética previo y otro posterior a la instalación de placas solares.
  • No pueden transcurrir más de 2 años entre el certificado de eficiencia energética previo y el posterior.
  • La deducción se practica en el periodo impositivo en el que se ha realizado el certificado de eficiencia energética posterior a la realización de la instalación.

Información oficial en este documento de la agencia tributaria.

Documentación a presentar en la declaración de la renta para beneficiarse de la Deducción Estatal

  • Factura de la instalación
  • CIF de la empresa instaladora
  • Certificado de eficiencia energética anterior a la instalación
  • Certificado de eficiencia energética posterior a la instalación

Confía en ESI Renovables para tu instalación de autoconsumo con placas solares

Como empresa instaladora de autoconsumo con placas solares, desde ESI Renovables realizamos todos los trámites administrativos por ti.

Realizamos la memoria técnica, solicitamos por ti las deducciones en el IBI y el ICIO, realizamos los certificados de eficiencia energética y solicitamos las subvenciones en todos los municipios de la Región de Murcia.

Puedes conocer las subvenciones y bonificaciones disponibles actualmente para la instalación de autoconsumo con placas solares en cada municipio de la provincia de Alicante en este artículo.

No tendrás que hacer nada, nos encargamos de todo. Tú sólo tienes que sentarte y ver como el sol deja tus facturas de la luz a 0€.

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